domingo, 15 de noviembre de 2009

La voluntad: yo, no-yo y prójimo

El yo es la unidad de la multiplicidad y pluralidad de experiencias del Ser en el "Yo soy". Equivale a decir que la multiplicidad y pluralidad de experiencias de manifestación y expresión sintetizadas en el "soy" (el Ser de Ser humano) se unifican en el "Yo", para dar significación a cada individuo frente a su universo personal. El no-yo es el universo considerado en la multiplicidad y pluralidad de entes o seres (manifestaciones y expresiones de cada presencia) confrontados con un yo individual. Y, finalmente, prójimo, del latín proximus, es cualquier no-yo humano (ser humano, semejante) respecto de un yo determinado. Quedan, de esta manera, delimitados los ámbitos de validez del denominado mandamiento de la ley judeo-cristiana: "Amar a Dios sobre todas las cosas y al prójimo como a ti mismo". Los restantes mandamientos son una exposición de aspectos implícitos en este mandamiento. En la versión moderna hemos expuesto las tres reglas fundamentales: No te lastimes y no lastimes a otros; Cuida de ti para que puedas cuidar a otros; y, Utiliza todo para avanzar, para aprender, para crecer.
Parece que, desde los primeros tiempos, la única manera de gobernar o dirigir a los humanos ha sido la ley, concebida como mandato o prohibición por parte de la denominada voluntad soberana o autoridad pública, representada en el poder legislativo, con la imposición de castigos por su incumplimiento. En el caso de las religiones, dicho castigo se supone sujeto a la divinidad, y en el caso de las leyes de gobierno civil, las penas o castigos se establecen a continuación de la normativa, atendiendo a factores y requisitos que han de ser dirimidos por tribunales de justicia, o sea, lugares en los que, jueces especializados, dictan sentencias e imponen sanciones por el incumplimiento de las leyes. De allí que la denominada ley judeo-cristiana tenga carácter de ley, aunque el cumplimiento y la satisfacción del incumplimiento caen fuera de la jurisdicción ordinaria o humana, pues se supone que el legislador y juez es Dios. En todo caso, tanto esta ley como las leyes civiles, cuya diferencia, según se dice, está en que la primera es autónoma, porque es el individuo el que la pone o no en ejercicio, y la última es heterónoma, porque está impuesta por el Estado o sociedad que la dicta, están fundamentadas en el antiguo "ojo por ojo y diente por diente" de La Biblia, con Dios o los órganos jurisdiccionales del Estado como juez, jurado y verdugo. O sea, una justicia que podríamos denominar de compensación, para no denominarla con el nombre más significativo de venganza.
La tradición humana más extendida, en lo social, ha sido la de promover el conocimiento y no la conciencia, pues las leyes se elaboran para establecer una fuerza coercitiva sobre el individuo, para superar su naturaleza apetitiva en conflicto con sus semejantes. En pocos casos, según lo que he podido conocer, se atiende a la superación del nivel apetitivo para acceder al nivel trascendente de la conciencia. Al respecto, recuerdo una película cuyo ambiente estaba situado en una provincia del Canadá indígena, gobernada por autoridades formales canadienses, pero con participación y comprensión de la cultura indígena del lugar. Un caso de violación es visto en dos perspectivas distintas: el órgano acusador o fiscal tomaba en cuenta las leyes establecidas en el código vigente, mientras que la defensa se apoyaba en la comunidad y su concepción muy particular de la vida social. En esta comunidad, cualquier contravención de la ley o moralidad (en el sentido de costumbres aceptables en la convivencia social) era vista como una deficiencia de la comunidad en su tarea de educación del individuo, y la satisfacción de la falta o corrección, que debía ejercitarse, correspondía con un reencuentro supervisado de la adaptación del individuo transgresor, dentro del grupo social, y no aislándolo en prisión alguna, mediante el cumplimiento de tareas que contribuyeran con su reeducación y toma de conciencia de la violación cometida y su significación, tanto para la víctima como para el transgresor.
Las leyes civiles o, más apropiadamente, de convivencia social, en mi opinión, tienen su fundamento original en las leyes o normas religiosas, cuya manifestación primera debieron ser las tradiciones y costumbres de las primeras comunidades humanas. La moral, fundamentada en estas tradiciones y costumbres, eran fijadas por los individuos sobresalientes de dichas comunidades y, consiguientemente, tenían un carácter de modelaje para el seguimiento por parte de los miembros de dichas comunidades. De aquí que los primeros pensadores, que dejaron sus reflexiones en formas transmisibles en el tiempo, mezclaron sus opiniones o "conocimientos", que describían el universo circundante, con máximas o frases o proverbios que, probablemente, en los inicios, pasaban como tradición oral de unas generaciones a otras, y, así, "escribían" en la tradición oral los primeros códigos morales y civiles para la convivencia. Esta forma de transmisión se fue convirtiendo en "conocimiento", y este conocimiento se transformó, cada vez más, en "información" carente de "fuerza evolutiva" de la conciencia.
A pesar de la carencia de "fuerza evolutiva" para la conciencia, siempre han existido y seguirán apareciendo individuos particularmente dotados para los asuntos de la trascendencia. O sea, individuos cuyos sentidos físicos se ven complementados por una visión que trasciende el nivel físico y se adentra en niveles de conciencia que "experimentan" otra realidad que sustenta la presencia física del universo sometido a las "leyes" del conocimiento científico y tecnológico. Dichos individuos siempre atraen a una comunidad que los sigue y "entiende", más allá de las palabras, la posibilidad de acceder a una experiencia más amplia que la que ofrecen los sentidos físicos de vista, oído, olfato, gusto y tacto. Más aun, dichos individuos, cuando tienen la legitimidad de origen de la experiencia personal, son modelos que promueven, mediante su actuación en la vida común, el acceso a las experiencias que sustentan su "conocimiento". Y en tal modelaje no interviene la imposición sino la guía de un viajero que señala a otro los caminos para que convierta su propia experiencia en fuente de conocimiento y, a la vez, pueda transformar en experiencia la información que le es entregada. Este es el gran aporte de los maestros espirituales modernos que, junto con algunos psicólogos y psicoterapeutas excepcionales, entregan herramientas para la transformación de información, conocida desde tiempos inmemoriales, en experiencia. Experiencia esta que no ha podido ser explicada con palabras por ningún maestro, aunque haya sido ejemplificada en historias, anécdotas y parábolas, pues dicha experiencia ha de ser vivencial. Como es el caso del mandamiento "Amar a Dios sobre todas las cosas y al prójimo como a ti mismo", pues la palabra Dios no puede ser asimilada con experiencia alguna, salvo la analogía poco iluminadora de artesano o fabricante en la experiencia humana; la palabra amar solamente puede ser aprehendida a través de la experiencia de pareja, familia, amistad y semejantes, con la consiguiente falta de aplicación al caso de rechazos o faltas de afinidad entre personas; y la falta de ejemplos para el amor con los no-yo del universo circundante, y así podríamos extendernos indefinidamente.